martes, 13 de noviembre de 2012

Distribución de la herencia entre los herederos forzosos y terceros


¿Puedo dejar en testamento  a cualquier persona?
¿Puedo dejar toda mi herencia a un sólo hijo?
¿Hace falta que haga testamento?
¿Quienes son los herederos forzosos?
¿Desheredación?

Abintestato y testada.
Herederos forzosos
Distribución de la herencia



Abintestato se llama a la situación en que una persona no hace testamento y la ley regula el reparto de su patrimonio entre los herederos legítimos.
La testada es la situación en que la persona realiza testamento pero siempre con los límites señalados por el código civil :
Son herederos forzosos:
Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.

Distribución de la herencia conforme a derecho:
La legítima: Constituyen la legítima de los hijos y descendientes las dos terceras partes del haber hereditario del padre y de la madre.
La de mejora: Sin embargo, podrán éstos disponer de una parte de las dos que forman la legítima, para aplicarla como mejora a sus hijos o descendientes.
La de libre disposición : La tercera parte restante será de libre disposición.

Constituye la legítima de los padres o ascendientes la mitad del haber hereditario de los hijos y descendientes, salvo el caso en que concurrieren con el cónyuge viudo del descendiente causante, en cuyo supuesto será de una tercera parte de la herencia.


El testador no podrá privar a los herederos de su legítima sino en los casos expresamente determinados por la ley.

Iñaki Aitor Ortubia Sahagún
Abogado


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