martes, 13 de noviembre de 2012

Distribución de la herencia entre los herederos forzosos y terceros


¿Puedo dejar en testamento  a cualquier persona?
¿Puedo dejar toda mi herencia a un sólo hijo?
¿Hace falta que haga testamento?
¿Quienes son los herederos forzosos?
¿Desheredación?

Abintestato y testada.
Herederos forzosos
Distribución de la herencia



Abintestato se llama a la situación en que una persona no hace testamento y la ley regula el reparto de su patrimonio entre los herederos legítimos.
La testada es la situación en que la persona realiza testamento pero siempre con los límites señalados por el código civil :
Son herederos forzosos:
Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.

Distribución de la herencia conforme a derecho:
La legítima: Constituyen la legítima de los hijos y descendientes las dos terceras partes del haber hereditario del padre y de la madre.
La de mejora: Sin embargo, podrán éstos disponer de una parte de las dos que forman la legítima, para aplicarla como mejora a sus hijos o descendientes.
La de libre disposición : La tercera parte restante será de libre disposición.

Constituye la legítima de los padres o ascendientes la mitad del haber hereditario de los hijos y descendientes, salvo el caso en que concurrieren con el cónyuge viudo del descendiente causante, en cuyo supuesto será de una tercera parte de la herencia.


El testador no podrá privar a los herederos de su legítima sino en los casos expresamente determinados por la ley.

Iñaki Aitor Ortubia Sahagún
Abogado


jueves, 8 de noviembre de 2012

Herencia de bienes muebles ( acciones, etc) , inmuebles (pisos, casas, viviendas...) y derechos ( reales, propiedad intelectual...)

¿Qué hacer con los bienes heredados?

Aceptación de la herencia 

Planificación  de la aceptación de la herencia (para evitar heredar deudas ) y fiscal

Al aceptar la herencia hay que asumir los posibles gastos, el mantenimiento y los impuestos.

 

 

Ante el deterioro por la crisis de mucho activos y muy en especial de  los bienes inmuebles ó de otro tipo de  de bienes muebles y derechos (acciones, coches...etc) hay que tener cuidado al aceptar la herencia .

Ya que puede ocurrir que se pueda estar aceptando una situación en el que haya más deudas que beneficios. Muy en especial en las ocasiones en que las hipotecas, deudas de otro tipo, impuestos etc sean superiores al patrimonio heredado teniendo que responder con el patrimonio personal  al haber aceptado.


Por eso es importante aceptar la herencia tras saber con seguridad que los activos son superiores al pasivo. Por tanto es importante utilizar las herramientas legales oportunas para evitar sorpresas.


Así mismo es muy importante por cuestiones fiscales dar valores reales a lo heredado para evitar posteriores  sustos Fiscales por no haber realizado una adecuada planificación fiscal.


Es muy recomendable acudir a un entendido antes de aceptar de manera incorrecta una herencia, hacer valoraciones erróneas del inventario con consecuencias fiscales graves etc


Iñaki Aitor Ortubia Sahagún 
Abogado  

ortubiadonosti@gmail.com

Distribución de la herencia 

Planificación de la aceptación (para evitar  herederar deudas) y fiscal 

Del acto de hacer testamento 

Cuando un heredero ó copropietario impide al resto hacer su voluntad. Conflictividad 

Instrumento legal que utiliza el testador ó causante para evitar conflictos entre herederos.

donostia san sebastián


 



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Planificación de la aceptación de la herencia (para evitar  herederar deudas) y fiscal 




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lunes, 5 de noviembre de 2012

De las sucesiones

De las diferentes formas de hacer testamento 

La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, que no se extingan por su muerte.

El acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos, se llama testamento. Es un acto de máxima importancia para evitar la conflictividad familiar. Es importante contar con un abogado  especialista.


A)DEL TESTAMENTO OLÓGRAFO: Es el el testamento escrito todo  él y firmado por el testador señalando la fecha.


B) DEL TESTAMENTO ABIERTO: Es el otorgado oralmente ó por escrito de la última voluntad ante Notario.
C) DEL TESTAMENTO CERRADO: Es el otorgamiento de la última voluntad es un escrito , mejor de puño y letra, dentro de una cubierta cerrada y sellada. Se presenta ante notario para que haga este el acta de otorgamiento.

Como especiales están el militar y el marítimo